Plan Moves III para empresas

El Plan MOVES III para empresas finalizó el 31 de diciembre de 2025 y actualmente no admite nuevas solicitudes. Como alternativa, las empresas que hayan sustituido vehículos de combustión por vehículos 100% eléctricos pueden obtener una compensación económica mediante el Certificado de Ahorro Energético (CAE).

En emovili estudiamos cada caso y nos encargamos de toda la gestión: calculamos el importe, revisamos la documentación y tramitamos el expediente hasta su validación.

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¿Qué es el Plan Moves III para empresas?

El Plan MOVES III para empresas fue un programa de ayudas destinado a impulsar la movilidad eléctrica mediante incentivos para la adquisición de vehículos electrificados y la instalación de puntos de recarga en empresas y flotas corporativas.

El programa finalizó el 31 de diciembre de 2025 y actualmente no admite nuevas solicitudes. Como alternativa, las empresas que sustituyan vehículos de combustión por vehículos 100% eléctricos pueden obtener una compensación económica mediante el Certificado de Ahorro Energético (CAE).

¿Qué subvenciona el Plan Moves a las empresas?

El Plan Moves III para empresas subvencionaba la adquisición de vehículos eléctricos e híbridos enchufables, así como la instalación de puntos de recarga en empresas y flotas corporativas.

El programa finalizó el 31 de diciembre de 2025 y actualmente no admite nuevas solicitudes. Como alternativa, las empresas que sustituyan vehículos de combustión por vehículos 100% eléctricos pueden obtener una compensación económica mediante el Certificado de Ahorro Energético (CAE).

Ayuda en compra de vehículos elétricos

Las ayudas para la compra de vehículos eléctricos por parte de empresas varían según el tipo de vehículo y si se achatarra un vehículo antiguo.

  • Turismos eléctricos (categoría M1):

    • Hasta 7.000 euros de ayuda si se achatarra un vehículo antiguo.

    • Hasta 4.500 euros sin achatarramiento.

  • Furgonetas eléctricas (categoría N1):

    • Hasta 9.000 euros con achatarramiento.

    • Hasta 7.000 euros sin achatarramiento.

Estas ayudas son compatibles con la adquisición mediante leasing o renting y se aplican a vehículos nuevos o seminuevos con hasta 12 meses de antigüedad.

Ayuda en instalación de puntos de recarga

Las ayudas para la instalación de puntos de recarga del Plan MOVES III varían en función del tamaño de la empresa y la potencia del punto de recarga.

  • Empresas sin actividad económica:

    • Hasta el 70% del coste subvencionable.

  • Pequeñas empresas:

    • Hasta el 55% para puntos de recarga de potencia inferior o igual a 50 kW.

    • Hasta el 40% para puntos de recarga de potencia superior a 50 kW.

  • Medianas empresas:

    • Hasta el 45% para puntos de recarga de potencia inferior o igual a 50 kW.

    • Hasta el 30% para puntos de recarga de potencia superior a 50 kW.

  • Grandes empresas:

    • Hasta el 35% para puntos de recarga de potencia inferior o igual a 50 kW.

    • Hasta el 20% para puntos de recarga de potencia superior a 50 kW.

Además, en municipios de menos de 5.000 habitantes, estos porcentajes se incrementan en un 10% adicional.

PLAN MOVES III EMPRESAS

Requisitos para acceder al Plan Moves para empresas

El Plan MOVES III para empresas exigía cumplir una serie de requisitos y presentar la documentación correspondiente. Sin embargo, el programa finalizó el 31 de diciembre de 2025 y ya no admite nuevas solicitudes.

Actualmente, las empresas que sustituyan vehículos de combustión por vehículos 100% eléctricos pueden obtener una compensación económica mediante el Certificado de Ahorro Energético (CAE)

Además, ofrecemos un servicio integral para instalar punto de recarga de coche eléctrico en empresas y flotas corporativas.

1. Requisitos generales:

  • Tipo de beneficiarios: Empresas (micro, pequeñas, medianas y grandes), autónomos, administraciones públicas y comunidades de propietarios.

  • Vehículos subvencionables: Turismos eléctricos, furgonetas, motocicletas eléctricas y vehículos propulsados por hidrógeno. El precio máximo del vehículo no debe superar los 45.000 € sin IVA (53.000 € para vehículos de 8 o 9 plazas) .

  • Fecha de adquisición: La factura de compra debe tener fecha posterior al 1 de enero de 2025. El programa tiene carácter retroactivo desde esa fecha y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, o hasta agotar fondos .

  • Achatarramiento: Para obtener la ayuda máxima, es necesario entregar un vehículo para achatarramiento con al menos 7 años de antigüedad .

2. Documentación necesaria:

  • Identificación de la empresa: Fotocopia del NIF de la empresa.

  • Representación legal: Documentación que acredite las facultades de representación de la persona que firma la solicitud.

  • Situación fiscal y laboral: Certificados que acrediten estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  • Declaraciones responsables:

    • De no haber recibido otras ayudas para la misma actuación o bajo el régimen de minimis en los últimos tres años.

    • De no concurrencia de circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario según la Ley 38/2003.

  • Documentación adicional:

    • Fotocopia de la ficha técnica y del permiso de circulación del vehículo adquirido.

    • Factura de compraventa y justificante de pago.

    • En caso de renting o leasing operativo, contrato correspondiente y documento de endoso autorizando a la empresa de renting a recibir la ayuda .

3. Requisitos específicos para la instalación de puntos de recarga:

  • Tipo de actuación subvencionable: Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

  • Ubicación: Las instalaciones deben realizarse en territorio nacional.

  • Potencia de los puntos de recarga: Las ayudas varían según la potencia instalada y el tamaño de la empresa.

  • Documentación técnica: Proyecto o memoria técnica de la instalación, facturas y justificantes de pago, y certificados de instalación eléctrica.

CERTIFICADOS DE AHORRO ENERGÉTICO

Solicita tus CAE para la instalación de cargadores eléctricos

Si has adquirido un vehículo 100% eléctrico, puedes obtener una compensación económica mediante los Certificados de Ahorro Energético (CAE). En emovili comprobamos si cumples los requisitos y nos encargamos de toda la gestión para que recibas el importe correspondiente de forma rápida y sencilla.

Validamos tu documentación

Revisamos toda la documentación técnica y justificativa, comprobamos que cumple los requisitos necesarios y te ayudamos a completar cualquier información pendiente para iniciar la tramitación.

Gestionamos tu CAE

Preparamos el expediente y nos encargamos del alta, la validación y la venta de tu Certificados de Ahorro Energético para conseguir la mejor compensación económica posible.

Recibe tu compensación

Realizamos un seguimiento completo de todo el proceso hasta la liquidación y el pago final. Una vez validado el expediente, recibirás tu compensación mediante transferencia bancaria en un plazo aproximado de 2 a 3 meses.

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FAQs sobre Plan Moves para empresas

Porcentajes de ayuda y máximos según tipo de empresa y actuación

Los importes y porcentajes de ayuda del Plan Moves III empresas varían en función del tamaño de la empresa y del tipo de actuación:

  • Empresas sin actividad económica (entidades públicas, comunidades de propietarios, etc.):

    • Hasta el 70% del coste subvencionable.

  • Pequeñas empresas:

    • Hasta el 55% para puntos de recarga de potencia igual o inferior a 50 kW.

    • Hasta el 40% para puntos de recarga de potencia superior a 50 kW.

  • Medianas empresas:

    • Hasta el 45% para puntos de recarga de potencia igual o inferior a 50 kW.

    • Hasta el 30% para puntos de recarga de potencia superior a 50 kW.

  • Grandes empresas:

    • Hasta el 35% para puntos de recarga de potencia igual o inferior a 50 kW.

    • Hasta el 20% para puntos de recarga de potencia superior a 50 kW.

Importante: En municipios de menos de 5.000 habitantes, estos porcentajes de ayuda aumentan un 10% adicional.

Actualmente no es posible solicitar el Plan MOVES III para empresas, ya que el programa ha finalizado, el programa finalizó el 31 de diciembre de 2025 y ya no admite nuevas solicitudes.

Sin embargo, te copiamos los pasos que se debían seguir para solicitarlo: 

Paso 1: Verifica que tu empresa cumple los requisitos
Revisa si tu empresa puede acceder a las ayudas, ya sea para la compra de vehículos eléctricos o para la instalación de puntos de recarga. Algunos de los requisitos clave son:

  • Ser una empresa legalmente constituida en España.

  • Estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

  • No haber recibido otras ayudas incompatibles.

  • En caso de adquisición de vehículos, cumplir con los límites de precio establecidos.

Paso 2: Reúne toda la documentación necesaria
Prepara con antelación los siguientes documentos:

  • CIF de la empresa.

  • Documentación del representante legal.

  • Certificados de estar al corriente de pagos.

  • Factura proforma o definitiva del vehículo o instalación.

  • Justificante de pago.

  • En caso de renting, contrato correspondiente y autorización para la tramitación de la ayuda.

Paso 3: Realiza la solicitud en la web de tu comunidad autónoma
Cada comunidad autónoma gestiona sus propios fondos del Plan Moves. Debes acceder a su portal oficial de ayudas y cumplimentar el formulario correspondiente. En algunos casos se requiere firma digital o presentación a través de certificado electrónico.

El ahorro puede ser muy significativo. Por ejemplo:

  • Una empresa que adquiera 5 furgonetas eléctricas puede obtener hasta 35.000€ en ayudas.

  • Si además instala infraestructura de recarga, puede cubrir más del 50% del coste, dependiendo del tamaño de la empresa.

Actualmente no es posible solicitar el Plan MOVES III para empresas, ya que el programa ha finalizado, el programa finalizó el 31 de diciembre de 2025 y ya no admite nuevas solicitudes.

El plazo de resolución depende de la comunidad autónoma, pero en general:

  • La resolución puede tardar entre 12 meses o más desde la solicitud.

  • El pago de la ayuda suele realizarse tras la justificación de la actuación y la aceptación formal.

Actualmente no es posible solicitar el Plan MOVES III para empresas, ya que el programa ha finalizado, el programa finalizó el 31 de diciembre de 2025 y ya no admite nuevas solicitudes.